indicadores de logros para primaria lengua castellana

DETALII PROIECTE
4 septembrie 2015

indicadores de logros para primaria lengua castellana

c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existente y, en particular, la violencia contra la mujer, e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad. 2. 6. 5. 3. También constará el nombre y los apellidos de la persona firmante, así como la referencia al cargo o a la atribución docente. 2. La consellería con competencias en materia de educación adoptará las medidas adecuadas para la conservación y el traslado en caso de supresión o extinción del centro docente. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer. 6. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 bis.2.b) y 36 bis de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecerá para todo el sistema educativo español las características de las pruebas, las diseñará y establecerá su contenido para cada convocatoria. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de manera colegiada por el conjunto de profesores y profesoras del alumno o de la alumna respectivo/a, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias correspondientes. Enseñanzas de religión. Malla Curricular - Ed. b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo, como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal. Asimismo, quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este decreto, Disposición final primera. 3. 2. De conformidad con lo establecido en el artículo 26.6 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se establecerán medidas de flexibilización y alternativas metodológicas en la enseñanza y evaluación de la lengua extranjera para el alumnado con discapacidad, en especial para aquél que presenta dificultades en su expresión oral. clave competencias especÍficas criterios de evaluaciÓn iniciado/en saberes bÁsicos insuficiente iniciado suficiente proceso bien en proceso notable adquirido sobresaliente 3. Un emprendedor es una persona que identifica una oportunidad y conociendo los riesgos emprende la acción de organizar los recursos necesarios para convertirse en creador o fundador de una empresa o negocio, [1] [2] (individual o colectivamente) con la finalidad de aprovechar dicha oportunidad, obteniendo una respectiva ganancia.. Un emprendedor es una persona que diseña, … Se establecerán las medidas más adecuadas para que las condiciones de realización de las evaluaciones, incluida la evaluación final de etapa, se adapten a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales. Tras cursar el primer ciclo de educación secundaria obligatoria, así como después de cursado el segundo curso cuando el alumno o la alumna se vayan a incorporar de manera excepcional a un ciclo de formación profesional básica, se entregará a los alumnos y a las alumnas un certificado de los estudios cursados, con el contenido indicado en las letras a) a d) del apartado 4, y un informe sobre el grado de logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes. A fin de promover la comprensión de lectura y de uso de la información, se dedicará un tiempo a la lectura en la práctica docente de todas las materias. 4. Los entornos virtuales de aprendizaje que se empleen en los centros docentes sostenidos con fondos públicos facilitarán la aplicación de planes educativos específicos, diseñados por los centros docentes para la consecución de objetivos concretos del currículo, y deberán contribuir a la extensión del concepto de aula en el tiempo y en el espacio. Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas. Este trabajo es una investigación de tipo descriptivo-correlacional, transversal con diseño no experimental sobre el impacto que tienen en el perfil sociodemográfico las sub-escalas del Modelo de Limitaciones en el trabajo (WLQ), Compromiso Organizacional de Allen y Meyer y MBI de Maslach en un grupo de … Excepcionalmente, un alumno o una alumna podrán repetir una segunda vez en cuarto curso, si no repitieron en los cursos anteriores de la etapa. Además, como materia de opción en tercer curso, en el bloque de materias troncales deberán cursar o bien Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas, o bien Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas, según elección de los padres, de las madres, de los/las tutores/as legales o, en su caso, de los alumnos y de las alumnas. 8. Los alumnos y las alumnas podrán realizar la evaluación por cualquiera de las dos opciones de enseñanzas académicas o de enseñanzas aplicadas, con independencia de la opción cursada en cuarto curso de educación secundaria obligatoria, o por ambas opciones en la misma convocatoria. Integración de materias en ámbitos de conocimiento. En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de bachillerato por más de una modalidad, podrán solicitar que se les evalúe de las materias generales y de opción de su elección del bloque de materias troncales, correspondientes a las modalidades escogidas. Las lenguas gallega o castellana sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendizaje de la lengua extranjera. Los centros docentes podrán complementar los contenidos, y diseñar e implantar métodos pedagógicos y didácticos propios. [29] Los españoles entendieron el nombre como «Perú» y de allí proviene el nombre. Calendario escolar. Disposición adicional primera. El título de bachiller facultará para acceder a las enseñanzas que constituyen la educación superior, establecidas en el artículo 3.5 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. El Sistema Educativo Nacional de Guatemala es el conjunto ordenado e interrelacionado de elementos, procesos y sujetos a través de los cuales se desarrolla la acción educativa, de acuerdo con las características, necesidades e intereses de la realidad histórica, económica y cultural guatemalteca, según su definición en el artículo 3 de la Ley Nacional de Educación, Decreto No. Los centros docentes organizarán este plan de acuerdo con lo que establezca la consellería con competencias en materia de educación. Al finalizar el cuarto curso, los alumnos y las alumnas realizarán una evaluación individualizada por la opción de enseñanzas académicas o por la de enseñanzas aplicadas, en la que se comprobará el logro de los objetivos de la etapa y el grado de adquisición de las competencias correspondientes en relación con las siguientes materias: a) Todas las materias generales cursadas en el bloque de materias troncales, excepto Biología y Geología, y Física y Química, de las que el/la alumno/a será evaluado/a si las escoge entre las materias de opción, según se indica en el párrafo siguiente. BOE-A-2014-2222 Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria. 2. Las actas de evaluación se extenderán para cada curso y se cerrarán al término del período lectivo común y en la convocatoria de las pruebas extraordinarias. Se aplicarán las siguientes correspondencias: En bachillerato, los resultados de la evaluación de las materias se expresarán mediante calificaciones numéricas de cero a diez sin decimales, y se considerarán negativas las calificaciones inferiores a cinco. Participación de padres, madres y tutores/as legales en el proceso educativo. A los efectos de este decreto, se entiende por: a) Objetivos: referentes relativos a los logros que el alumnado debe alcanzar al finalizar el proceso educativo, como resultado de las experiencias de enseñanza y aprendizaje intencionalmente planificadas para tal fin. La escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se regirá por los principios de normalización e inclusión, y asegurará su no-discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y en la permanencia en el sistema educativo. Las modificaciones introducidas en el currículo, en la organización, en los objetivos, en los requisitos para la obtención de certificados y títulos, en los programas, en la promoción y en las evaluaciones de la educación secundaria obligatoria se implantarán para los cursos primero y tercero en el curso escolar 2015-2016, y para los cursos segundo y cuarto en el curso escolar 2016-2017. Evaluación final de bachillerato. 7. La consellería con competencias en materia de educación fomentará las medidas para que el alumnado participe en actividades que le permitan afianzar el espíritu emprendedor y la iniciativa empresarial a partir de aptitudes como la creatividad, la autonomía, la iniciativa, el trabajo en equipo, la confianza en uno mismo y el sentido crítico. c) El desarrollo de las habilidades comunicativas básicas para leer, comprender, escribir, escuchar, hablar y expresarse correctamente en lengua castellana y también en la lengua materna, en el caso de los grupos étnicos con tradición lingüística propia, así como el fomento de la afición por la lectura; Ver Artículo 30 presente Ley; Artículo 54 y ss Decreto Nacional 1860 de 1994 Los contenidos se ordenan en asignaturas, que se clasifican en materias, ámbitos, áreas y módulos, en función de las enseñanzas, de las etapas educativas o de los programas en que participe el alumnado. De acuerdo con el artículo 53.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, el título de técnico de artes plásticas y diseño permitirá el acceso directo a cualquiera de las modalidades de bachillerato. 4. Si el alumno o alumna reside fuera de la localidad en la que el centro docente autorizado esté ubicado, las evaluaciones externas se podrán realizar fuera de dicha localidad, de acuerdo con lo establecido por convenio de colaboración entre los centros docentes de educación a distancia de personas adultas, o a través de otras formas que garanticen el correcto desarrollo de las pruebas. La consellería con competencias en materia de educación podrá establecer planes específicos de mejora en aquellos centros docentes públicos cuyos resultados sean inferiores a los valores que, para tal objeto, determine. 1. Podrán acceder a los estudios de bachillerato los alumnos y las alumnas que estén en posesión del título de graduado en educación secundaria obligatoria y hayan superado la evaluación final de educación secundaria obligatoria por la opción de enseñanzas académicas. 3. 5. No será necesario que se evalúe de nuevo al alumnado que se presente en segunda o sucesivas convocatorias de las materias que ya haya superado, salvo que desee elevar su calificación final. Artículo 13. En los centros docentes públicos o privados autorizados para impartir enseñanza a distancia de personas adultas, las evaluaciones finales para la obtención de títulos oficiales previstos en este decreto se realizarán en la forma que determine la Administración educativa que haya autorizado o a las que estén adscritos dichos centros docentes. PRIMA. El calendario escolar, que fijará anualmente la consellería con competencias en materia de educación, abarcará un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias. Aprendizaje de lenguas extranjeras. Para el logro de los objetivos de la educación PLAN DE ESTUDIOS BÁSICA PRIMARIA ASIGNATURA C. PARA LA EDUCACIÓN BÁSICA SECUNDARIA: La intervención educativa debe tener en cuenta como principio la diversidad del alumnado, entendiendo que de este modo se garantiza el desarrollo de todos/as los/las alumnos/as y una atención personalizada en función de las necesidades de cada persona. La puesta en práctica de esta recomendación dio lugar a la aprobación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de la Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato. Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo. 2. Los alumnos y las alumnas que cursen la educación secundaria obligatoria y no obtengan el título al que se refiere este artículo recibirán una certificación con carácter oficial y validez en toda España. La matriculación adquirirá carácter definitivo una vez recibido el historial académico. 5. 1. 4. 3. 3. Esta flexibilización podrá incluir tanto la impartición de contenidos y la adquisición de competencias propias de cursos superiores como la ampliación de contenidos y competencias del curso corriente, así como otras medidas. 2. Utilización de la lecto-escritura como medio de la comunicación, señales de información y onomatopeya. En cada uno de estos cursos se extenderán actas de evaluación de materias pendientes al término del período lectivo común y de la convocatoria de la prueba extraordinaria. Los padres, las madres, los/las tutores/as legales o, en su caso, los alumnos y las alumnas podrán escoger cursar el cuarto curso de la educación secundaria obligatoria por una de las dos siguientes opciones: a) Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al bachillerato. 9. 6. En el bloque de materias de libre configuración autonómica sólo se computará Lengua Gallega y Literatura, con independencia de que los alumnos y las alumnas puedan cursar más materias del dicho bloque. Habilitación para el desarrollo normativo. 8. BOE-A-2010-5493 Orden EDU/849/2010, de 18 de marzo, por la que se regula la ordenación de la educación del alumnado con necesidad de apoyo educativo y se regulan los servicios de orientación educativa en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, en las ciudades de Ceuta y Melilla. 1. b) Dos materias de opción cursadas en el bloque de materias troncales, en cualquiera de los cursos. Los primeros españoles que llegaron al país le preguntaron a unos nativos como llamaban ellos el lugar, a lo que estos respondieron «Virú» (antigua cultura pre-inca, del río Virú, al norte del Perú). 5. 1. v Implementa en su vocabulario diferentes formas de normatividad. Asimismo, estas metodologías deberán favorecer la capacidad del alumnado para aprender por sí mismo, para trabajar en equipo y promover el trabajo en equipo, y para aplicar métodos de investigación apropiados. En el caso de alumnos y alumnas que deseen obtener el título de bachillerato por más de una modalidad, se harán constar las modalidades que hayan superado en la evaluación final. En la impartición de materias en lenguas extranjeras, los centros docentes aplicarán lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 79/2010, de 20 de mayo, para el plurilingüismo en la enseñanza no universitaria de Galicia. La metodología didáctica en este etapa será especialmente activa y participativa, favoreciendo el trabajo individual y el cooperativo del alumnado, así como el logro de los objetivos y de las competencias correspondientes. los números de 1 en 1 para cualquier centena de la serie; o los números de 10 en 10 par un intervalo de mil números; o también los números de 100 en 100, desde 0 a 9.900.Se propone enseñar simultáneamente el estudio de números del 1.00 al 10.000 para promover el análisis de regularidades, en lugar de enseñarlos de 1.000 en 1.000. 6. 5. Artículo 30. 2. PERIODO Nº INDICADORES DE LOGROS UNIDAD 1 1 Entiendo cuando me saludan y se despiden de mí 2 Reconozco palabras y frases cortas en ingles. 4. En el proyecto educativo y en las programaciones didácticas se fijarán las estrategias que desarrollará el profesorado para alcanzar los estándares de aprendizaje evaluables previstos en cada materia y, en su caso, en cada ámbito, así como la adquisición de las competencias. Asimismo, incorporará la concreción de los currículos establecidos por la consellería con competencias en materia de educación que le corresponda fijar y aprobar al claustro, así como el tratamiento transversal en las materias de la educación en valores y otras enseñanzas. Los centros docentes que impartan una parte de las materias del currículo en lenguas extranjeras aplicarán, en todo caso, los criterios para la admisión del alumnado establecidos en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo. Los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento constituye una medida de atención a la diversidad que se puede desarrollar a partir del segundo curso de la educación secundaria obligatoria, según el procedimiento establecido por la consellería con competencias en materia de educación. d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje y como medio de desarrollo personal. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.6 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, la comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comunicación audiovisual, las tecnologías de la información y la comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las materias. c) Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de educación secundaria obligatoria se considerarán como materias distintas. 6. Educación Física. 1. Los documentos oficiales de evaluación son: el expediente académico, las actas de evaluación, el informe personal por traslado, el consejo orientador de cada uno de los cursos de educación secundaria obligatoria, y los historiales académicos de educación secundaria obligatoria y bachillerato. En el título de bachiller constará la siguiente información: a) Modalidad cursada. ñ) Conocer y valorar los aspectos básicos del patrimonio lingüístico, cultural, histórico y artístico de Galicia, participar en su conservación y en su mejora, y respetar la diversidad lingüística y cultural como derecho de los pueblos y de las personas, desarrollando actitudes de interés y respeto hacia el ejercicio de este derecho. De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 bis.2.b) y 29.4 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte establecer las características de las pruebas; su diseño y su contenido se establecerán para cada convocatoria. 1. 2. El referente para evaluar los aprendizajes del alumnado son los criterios de evaluación y su concreción en los estándares de aprendizaje evaluables. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de los bloques de materias troncales, específicas y de libre configuración autonómica, serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje que figuran en los anexos I, II y III a este decreto. Artículo 40. Relacionar los dibujos de las prendas de … 6. Las medidas de atención a la diversidad que adopte cada centro docente formarán parte de su proyecto educativo, de conformidad con lo que establece el artículo 121.2 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. 6º) Primera Lengua Extranjera, en ambos cursos. Las situaciones de aprendizaje diseñadas para su desarrollo deberán incorporar tareas que contextualicen los aprendizajes y que permitan avanzar en más de una competencia al mismo tiempo. En su virtud, a propuesta del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, consultado el Consejo Escolar de Galicia, de acuerdo con el Consejo Consultivo y luego de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del veinticinco de junio de dos mil quince, Artículo 1. En relación con los centros docentes concertados se estará a la normativa reguladora de conciertos. 3º) Geografía e Historia, en ambos cursos. Disposición adicional quinta. 4. La orientación educativa garantizará a lo largo de la etapa un idóneo asesoramiento al alumnado para favorecer su continuidad en el sistema educativo o, si fuere el caso, una orientación profesional. 5. Este decreto tiene por objeto establecer el currículo de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 6 y 6 bis de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y en el artículo 3 del Real decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la educación secundaria obligatoria y del bachillerato. Los centros docentes, dentro del marco establecido por la consellería con competencias en materia de educación, desarrollarán su autonomía pedagógica y organizativa, favorecerán el trabajo en equipo del profesorado y estimularán la actividad investigadora a partir de su práctica docente. 1º) Ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional. Las tecnologías de la información y de la comunicación serán una herramienta necesaria para el aprendizaje en todas las materias, tanto por su carácter imprescindible en la educación superior como por su utilidad y relevancia para la vida cotidiana y la inserción laboral. Las actividades de aprendizaje integradas pueden incluir elementos curriculares procedentes de distintos bloques. La consellería con competencias en materia de educación y los centros docentes podrán elaborar itinerarios para orientar al alumnado en la elección de las materias troncales de opción. 2. El profesorado de cada materia decidirá, al término del curso, si el alumno o la alumna lograron los objetivos y alcanzaron el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes. El historial académico de educación secundaria obligatoria y el historial académico de bachillerato son los documentos oficiales que reflejan los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso educativo del alumnado en la etapa correspondiente. Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso hayan tenido evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas, u optar por repetir el curso completo. 3. A los efectos de este decreto, las competencias clave del currículo serán las siguientes: b) 2º Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología (CMCCT). 2. 9. El desarrollo de los currículos de las distintas lenguas incorpora una referencia expresa al plurilingüismo, en la medida en que la competencia en cada lengua interactúa y se enriquece con el conocimiento de las otras lenguas, y contribuye a desarrollar destrezas y capacidades que son la base de la competencia en comunicación lingüística. Calidad de vida en las organizaciones, las familias y la sociedad. INDICADORES DE LOGRO TERCER PERIODO LENGUA CASTELLANA. Considerando las definiciones recogidas en el artículo 2.1 del citado real decreto y al amparo de … Hay que tener en cuenta, tal y como está recogido en nuestro temario, revisado y actualizado en verano de 2022, las modificaciones normativas que supone la publicación de la LOMLOE. f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras. El equipo docente, constituido en cada caso por los profesores y las profesoras del/de la estudiante, con la coordinación del/de la tutor/a, valorará su evolución en el conjunto de las materias y su madurez educativa en relación con los objetivos del bachillerato y las competencias correspondientes. El equipo docente, constituido en cada caso por los profesores y las profesoras del alumno o de la alumna, coordinado por el tutor o la tutora, actuará de manera colegiada a lo largo del proceso de evaluación y en la adopción de las decisiones resultantes de éste, en el marco establecido por la consellería con competencias en materia de educación. A su vez, estos elementos podrán formar parte de diferentes actividades y, al objeto de mejorar los resultados, esas actividades podrán tener carácter interdisciplinar. La Asociación de Directores de Primaria, por su parte, reclamó a la Consejería directrices más concretas para la evaluación de los estudiantes, con indicadores de logros para evaluarlos. La superación de las materias de segundo curso que se indican en el anexo VI estará condicionada a la superación de las correspondientes materias de primer curso indicadas en el dicho anexo, por implicar continuidad. La evaluación del aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las materias, tendrá un carácter formativo y será un instrumento para la mejora tanto de los procesos de enseñanza como de los procesos de aprendizaje. Se tomará en consideración la calificación más alta de las obtenidas en las convocatorias a las que se concurra. 1. 4. Artículo 4 Principios generales . Se procurará la adecuada coordinación, en su caso, con el proyecto de educación digital del centro, de manera que se refuerce la adquisición de las competencias para uso, tratamiento y producción de información por parte del alumnado, y se aprovechen eficientemente los recursos a disposición de la comunidad educativa. Artículo 24. Este tipo de agrupación deberá respetar los contenidos, los estándares de aprendizaje evaluables y los criterios de evaluación de todas las materias que se agrupan, así como el horario asignado al conjunto de ellas. Distingue los elemntos de la comunicación y su función en el proceso comunicativo. Artículo 38. d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con las demás personas, así como rechazar la violencia, los perjuicios de cualquier tipo y los comportamientos sexistas, y resolver pacificamente los conflictos. A fin de facilitar el tránsito del alumnado entre la educación primaria y el primer curso de educación secundaria obligatoria, la consellería con competencias en materia de educación y, en su caso, los centros docentes, podrán agrupar las materias del primer curso en ámbitos de conocimiento. La nota media de cada etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias, redondeada a la centésima más próxima y, en el caso de equidistancia, a la superior. Se le dará prioridad a la comprensión y a la expresión oral. 2. En el supuesto de materias que impliquen continuidad, se tendrá en cuenta sólo la cursada en segundo curso. La etapa de educación secundaria obligatoria abarca dos ciclos, el primero con tres cursos escolares, y el segundo con uno. 3. 1. Sin superar el plazo máximo para cursar el bachillerato indicado en el artículo 28.3, los alumnos y las alumnas podrán repetir cada uno de los cursos de bachillerato una sola vez como máximo, aunque excepcionalmente podrán repetir uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente. Los alumnos y las alumnas que, cursando tercer curso de educación secundaria obligatoria, no estén en condiciones de promoción al cuarto curso podrán incorporarse excepcionalmente a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento para repetir tercer curso. La educación secundaria obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y en las alumnas las capacidades que les permitan: a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a las demás personas, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y los grupos, ejercitarse en el diálogo, afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural, y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática. El carácter integrador de la evaluación no impedirá que el profesorado realice de manera diferenciada la evaluación de cada materia teniendo en cuenta los criterios de evaluación y los estándares de aprendizaje de cada una de ellas. c) Fecha de comienzo y finalización de su escolaridad. 6. Los alumnos y las alumnas que no hayan superado la evaluación por la opción escogida o que deseen elevar su calificación final de educación secundaria obligatoria podrán repetir la evaluación en convocatorias sucesivas, previa solicitud. Conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, se entiende por currículo la regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje para cada una de las enseñanzas y etapas educativas.. 2. En esta distribución competencial le corresponde al Gobierno del Estado, entre otras funciones, el diseño del currículo básico en relación con los objetivos, competencias, contenidos, criterios de evaluación, estándares y resultados de aprendizaje evaluables, con el fin de asegurar una formación común y el carácter oficial y la validez en todo el territorio nacional de las titulaciones a las que se refire la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo. l) Técnicas de Expresión Gráfico-Plástica. 1. El expediente electrónico estará constituido, cuando menos, por los datos contenidos en los documentos oficiales de evaluación, y cumplirá lo establecido en el Real decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración electrónica. CAPÍTULO IVEvaluaciones, promoción y titulación. 1. Alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. c) Que se le apliquen al alumno o a la alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador al que se refiere el apartado 7 de este artículo. El equipo docente podrá proponer a los padres, a las madres o a los/las tutores/as legales la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento de los/las alumnos/as que repitieran cuando menos un curso en cualquier etapa y que, después de cursado el primer curso de educación secundaria obligatoria, no estén en condiciones de promoción al segundo curso, o que después de cursar el segundo curso no estén en condiciones de promoción al tercero. La consellería con competencias en materia de educación promoverá el uso de las tecnologías de la información y de la comunicación en el aula como medio didáctico apropiado y valioso para desarrollar las tareas de enseñanza y aprendizaje. Una competencia supone la combinación de habilidades prácticas, conocimientos, motivación, valores éticos, actitudes, emociones y otros componentes sociales y de comportamiento que se movilizan conjuntamente para lograr una acción eficaz. Las materias que impliquen continuidad entre los cursos primero y segundo sólo computarán como una materia; en este supuesto se tendrá en cuenta sólo la materia cursada en segundo curso. ... Lápiz escrito como lenguaje oral y pertinente para estructurar el periódico Mesa redonda Lapicero instrumento para escrito en el mural. Cada núcleo constituye una red de servicios complementarios conformada por una Unidad Central con servicios de educación pre-escolar, primaria y secundaria; Unidades Sub-Centrales con servicios de educación pre-escolar y primaria; y finalmente, en el medio rural, también por Escuelas Seccionales con servicios de educación pre-escolar y, por lo menos, de los dos … Sólo se podrá limitar la elección de materias de opción cuando haya un número insuficiente de alumnos y alumnas según los criterios que determine la consellería con competencias en materia de educación. Distribución del contenido del P2 de Lengua Española Docente: Wilinton González, MA. La consellería con competencias en materia de educación garantizará el derecho de los alumnos y las alumnas a una evaluación objetiva y a que su dedicación, su esfuerzo y su rendimiento se valoren y se reconozcan con objetividad, para lo cual establecerá los oportunos procedimientos. La superación de esta evaluación requerirá una calificación igual o superior a 5 puntos sobre 10. Las modalidades del bachillerato que, en su caso, podrán ofrecer los centros docentes serán las siguientes: 2. 1. f) Metodología didáctica: conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizados y planificados por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, a fin de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos suscitados. Bachilleratos específicos. 2. Los centros docentes desarrollarán y complementarán, en su caso, el currículo y las medidas de atención a la diversidad establecidas por la consellería con competencias en materia de educación, adaptándolas a las características del alumnado y a su realidad educativa, a fin de atender a todo el alumnado. Andres Mosquera Copete. La consellería con competencias en materia de educación y los centros docentes podrán elaborar itinerarios para orientar al alumnado en la elección de materias troncales de opción. Estas medidas se fijarán en planes de mejora de resultados colectivos o individuales que permitan, en colaboración con las familias y empleando los recursos de apoyo educativo facilitados por la consellería con competencias en materia de educación, incentivar la motivación y el esfuerzo de los alumnos y de las alumnas para solventar las dificultades. Esta certificación será emitida por el centro docente en el que el alumno o la alumna haya estado matriculado/a en el último curso escolar y en ella se consignarán los siguientes elementos: a) Datos oficiales identificativos del centro docente. Se abrirá en el momento de incorporación al centro docente y recogerá, cuando menos, los resultados de la evaluación con las calificaciones obtenidas, las decisiones de promoción de etapa, las medidas de apoyo educativo y las adaptaciones curriculares adoptadas para el alumno o la alumna. El profesorado evaluará tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, para lo cual establecerá indicadores de logro en las programaciones didácticas. En línea con la Recomendación 2006/962/EC, de 18 de diciembre de 2006, del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente, en este decreto se incorpora la clasificación y denominación de las definidas por la Unión Europea. 3. En este bloque se encuadra el desarrollo curricular de la disciplina de Lengua Gallega y Literatura, competencia exclusiva de la comunidad autónoma, a la que corresponde un tratamiento análogo al de la disciplina de Lengua Castellana y Literatura, tratamiento que se enmarca dentro de lo establecido en el Decreto 79/2010, de 20 de mayo, para el plurilingüismo en la enseñanza … Artículo 20. En caso contrario, se deberá cursar la materia de primer curso, que tendrá la consideración de materia pendiente, aunque no será computable a los efectos de modificar las condiciones en que se tendrá promoción a segundo.

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